Sociopolítica

“LA CRUZ EN EL PECHO Y EL DIABLO EN LOS HUESOS”.

“LA CRUZ EN EL PECHO Y EL DIABLO EN LOS HUESOS”. Refrán de uso común.

Si bien es cierto que José María Aznar reformó en 1998 la Ley Hipotecaria española, embadurnándola aún más de nauseabundo favoritismo clerical, no es menos incuestionable que en las dos legislaturas de José Luis Rodríguez Zapatero no se ha intentado siquiera retocar o matizar la misma, habida cuenta que de ella se habló mucho y se discutió más en los debates parlamentarios. La postura opositora del PSOE y otros grupos progresistas o seudo-progresistas en aquellos momentos era absolutamente coherente, puesto que las reformas fueron aprobadas con la palpable intención de favorecer a la Iglesia Católica en su secular afán de acumular patrimonio. Desde entonces y pese a que ha ido disminuyendo de forma clara el número de fieles católicos y, consiguientemente, de donaciones, el patrimonio de esa Iglesia no se ve afectado. La Conferencia Episcopal no cesa de registrar a su nombre cuantos inmuebles se le ponen a tiro por carecer de títulos de propiedad fehaciente..
La Ley Hipotecaria, aprobada por el Nacional-catolicismo con inaudita celeridad en el quinquenio post-bélico civil, concedía patente de corso a las Administraciones Públicas, entre las que se encontraba la I.C., para apropiarse de miles y miles de inmuebles, propiedades rústicas y urbanas, riquezas innumerables que habían quedado sin dueños según y por las leyes fascistas. Bastaba con matricular a su nombre cualquier bien que “carezca de título escrito de dominio”, lo que la I.C. hizo con unción y esmero, sobre todo en pueblos y zonas de la España profunda, donde el desamparo y abandono, provocado por el asesinato, encarcelamiento o exilio de los legítimos dueños de las cosas, fue masivo. El Estado fascista le hizo al Clero, su cónyuge, una entrega continuada de arras y diezmos ante la mirada de una ciudadanía hundida, aterrorizada y atónita. Si esta fue la dinámica del poder establecido durante decenios, incluso tras promulgarse la Constitución, no fue hasta 1998 que el latrocinio se perfeccionó con la reforma de la Ley Hipotecaria de José María Aznar y su Gobierno del Partido Popular. Y es que el Original de 1946 omitía su aplicación respecto de aquellos templos o inmuebles anexados, con títulos de propiedad a favor de ciudadanos y ayuntamientos que, aun legitimados por el uso y la costumbre (papeles de venta), no tenían una titularidad reconocida. Otras miles de sacristías, ermitas, cementerios, huertos y casas de oración ocupadas por instituciones clericales sin licencias de uso escritas pasaron por arte de birlibirloque a engrosar el inmenso patrimonio eclesial. Arte de birlibirloque que utilizaba herramientas legalizadas como el llamado expediente de dominio, que ha de tramitarse en el Juzgado de primera instancia del lugar, o bien mediante “título público de adquisición, complementado por acta de notoriedad cuando no pueda acreditarse de modo fehaciente el título adquisitivo”
Esta aberración, legalizada por una ley de un ilegal régimen religioso-militar, vigente aún y perfeccionada por los herederos del mismo, se contempla en el espejo de su no derogado artículo 206, que concede como decimos, a la Iglesia Católica el privilegio de inscribir bienes, aun careciendo de título escrito, mediante la oportuna certificación librada por la persona a cuyo cargo esté la administración de los mismos -el mismo Cabildo o feligrés a sueldo o de confianza-, en la que expresará el modo en que fueron adquiridos. Así es como la Iglesia Católica continúa disfrutando de uno más de los tratos de favor que le concede este Estado teóricamente aconfesional. De hecho y entresacado de los casos más recientes o documentados en los medios, tenemos la denuncia presentada por la Plataforma de defensa del patrimonio navarro contra el Arzobispado de Pamplona y el Obispado de Tudela por el expolio que practican contra ese patrimonio común:
El 10 de julio de 2001, el Secretario General del Arzobispo se presentó en el Registro de la Propiedad de Tafalla y registró a nombre de la Diócesis de Pamplona la iglesia de san Saturnino del Cerco, de Artajona, 6 ermitas de distintos pueblos y una basílica. Como prueba documental no tuvo otra ocurrencia que presentar una certificación expedida por la propia Diócesis. Las obras de restauración dieron comienzo cuatro años más tarde, con una aportación de 3 millones de euros de los fondos públicos. Este tipo de pelotazo financiero-inmobiliario se ha repetido, sólo en Navarra, sobre 1.087 fincas tales como templos parroquiales, ermitas, basílicas, atrios, 42 casas y viviendas, 25 locales comerciales, 102 fincas rústicas y solares, 31 pastizales, 12 viñedos, pinares, olivares y arbolados, 7 cementerios y 1 frontón.

Asimismo, en el Registro de la Propiedad de Aoiz, el 8 de junio de 2004, el Arzobispado de Pamplona inscribió propiedades tales como 119.370 metros cuadrados de pastos y fincas en Eslaba. En el número uno de los de Lizarra han inscrito más de 269 bienes, entre los que se encuentran varias fincas afectadas por la concentración parcelaria en Zúñiga, Sesma y Cirauqui, tal como almacenes, plantas bajas, pinares, viñedos y regadío en Azagra. En el número cinco de los de Iruña lo han hecho con un solar incluido en la unidad de ejecución 20 del Plan General de Lesaka y una finca de 5.050 metros cuadrados en la calle Legia, de Vera de Bidasoa. Pero el caso más sangrante, no por su cuantía o importancia económica, sino por la soberbia y el cinismo exhibido por la jerarquía católica en Navarra, es el de Azcona, pueblo de 80 habitantes a los que les reclaman el consultorio médico porque el local fue inscrito a favor del Arzobispado en la década de los 50 del siglo pasado, aunque durante estos años el mantenimiento del inmueble ha corrido a cargo del concejo municipal. Del mismo modo, la iglesia de san Bartolomé, en Xábia, Alicante, construida, fortificada, cuidada y mantenida por los vecinos desde el siglo XIV, ha pasado a manos de la I.C. por idéntico procedimiento.
1979. La Constitución española es aprobada y proclama que “ninguna confesión tendrá carácter estatal”. Acto seguido se firman una serie de acuerdos con el Vaticano que otorgan a la I.C. sustanciosos beneficios en materia de enseñanza, políticos, fiscales, etc., que todavía hoy no han sido derogados, dejando en entredicho el espíritu democrático de aquélla en cuanto a neutralidad respecto de las diversas convicciones de la ciudadanía. A resultas de ello, las relaciones entre el Estado y la I.C. no sólo no se han acomodado a lo que debiera ser nueva realidad española respecto a libertades, fundamentalmente religiosa, sino que han instalado a la principal beneficiaria en un verdadero paraíso fiscal, puesto que no se siente vinculada por las leyes tributarias que a todos obligan. De ahí la opacidad financiera que la rodea.

Sobre el Autor

Jordi Sierra Marquez

Comunicador y periodista 2.0 - Experto en #MarketingDigital y #MarcaPersonal / Licenciado en periodismo por la UCM y con un master en comunicación multimedia.