Sociopolítica

EpC: We don’t need no thought control

Another Brick in the Wall Part 2 (Waters) 3:56

We don’t need no education
We don’t need no thought control
No dark sarcasm in the classroom
Teachers leave them kids alone
Hey! Teachers! Leave them kids alone!
All in all it’s just another brick in the wall.
All in all you’re just another brick in the wall.

“Wrong, Do it again!”
“If you don’t eat yer meat, you can’t have any pudding. How can you
have any pudding if you don’t eat yer meat?”
“You! Yes, you behind the bikesheds, stand still laddy!”

Por veintidós votos frente a siete, el Tribunal Supremo rechazó ayer la objeción de conciencia respecto de la asignatura que nació envuelta en la polémica. Avaló, de momento, esta materia pero deja la puerta abierta para que los padres puedan impugnar el programa, e incluso los libros de texto. Y advierte a las distintas administraciones de que en ningún caso puede imponerse una «moral oficial» a los alumnos.
Totalitarismo 1 : Estado de Derecho 0

Así se podría describir lo que ha parido nuestro Tribunal Supremo: Una sentencia dictada conforme a motivaciones subjetivas, no objetivas. Una sentencia que la ministra Cabrera ya conocía de antemano. Una sentencia con la que los jueces se lavan las manos al no hacer otra cosa que decidir a favor del gobierno socialista y en contra de las garantías constitucionales.

No es que la asignatura como tal fuera contraria a la Constitución ni que fuera objetable, pero sí lo son algunos o incluso muchos de sus contenidos, así como la forma en que se tratan muchos temas.

Estaba claro lo que el gobierno persigue con este invento copiado de la extinta (aunque en muchas mentes no tan extinta) República Democrática Alemana (la Alemania comunista disuelta en 1990), que tenía exactamente este tipo de asignatura con el mismo nombre –Staasbürgerkunde– para adoctrinar a los escolares en aquel estado totalitario (y que siga existiendo el muro en las cabezas de muchos alemanes orientales es precisamente una consecuencia de este adoctrinamiento ideológico, que no paraba y seguía en las empresas del estado -es decir, en el 99% de las empresas- y en todas partes). Se trata de controlar las mentes de los menores de edad para que en un futuro no tan lejano sean fieles al pensamiento de la izquierda.

El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo tenía sobre la mesa cuatro recursos, planteados por la vía de la protección de los derechos fundamentales, contra otras tantas sentencias de dos tribunales superiores de justicia: una del de Andalucía, que admite el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia, y tres del de Asturias en sentido contrario.

Resulta evidente que los jueces, la justicia en su conjunto, no tienen ideas claras sobre lo que se tienen que considerar derechos fundamentales consagrados por la Constitución. La Constitución se interpreta cada vez más según los pareceres ideológicos de los jueces, no de forma objetiva interpretando los preceptos constitucionales por encima de consideraciones personales o partidistas. Con ello, la judicatura española demuestra que su nivel de profesionalidad es pésimo. Pienso que es un mal profesional de la justicia quien no es capaz de desprenderse de sus ideas y deseos personales de índole política para poder enjuiciar de forma equitativa, independiente y objetiva cualquier problema que se plantea en relación con los derechos garantizados por la Constitución. De esta forma, las garantías constitucionales no son tales, dado que se interpretan arbitrariamente. Esto es como con la Biblia: cada secta o vertiente religiosa cristiana la interpreta según lo que más le convenga, cuanto más radical la secta, más totalitaria la interpretación.

El mayor fallo del que adolece la justicia en España -como también en otros países europeos- es que el poder ejecutivo se entromete o los poderes fácticos se infiltran cada vez más en sus instituciones y retuercen el derecho constitucional en la dirección que interesa más a estos poderes. No es posible, no es aceptable que la Constitución se interprete en cada momento según quieran los poderes políticos. Un derecho fundamental como es la educación pública tiene que quedar garantizado en todo momento como el derecho de que los escolares reciban una educación imparcial, no manipulada ideológicamente, equilibrada y objetiva. Pero en España éste no es el caso.

La historia de Educación para la Ciudadanía y los derechos humanos ha corrido paralela a la Ley Orgánica de Educación (LOE), aprobada por el parlamento en 2006. Desde los primeros debates de la LOE, la nueva asignatura se reveló como uno de los aspectos más controvertidos de la misma. El Gobierno socialista la defendió siempre por la necesidad de que la escuela impartiera valores a través de una materia específica y no sólo de forma transversal en el conjunto de todas las materias. Argumentaron los promotores de la disciplina que los vientos europeos soplaban en esa dirección y que en la mayoría de los países del viejo contiente existía una asignatura para educar en valores como la participación y el respeto. Asimismo y en pleno debate de la nueva ley, el Consejo de Europa proclamó 2005 como el Año Europeo de la Ciudadanía a través de la educación.

Cierto. Y no hay nada criticable en educar a los niños en los valores de la participaciíon y el respeto. Pero estas materias que tratan los fundamentos del estado, que en un país occidental libre se suelen denominar como teoría social y política, no plantean nunca tanta discrepancia como en España. Aquí se trata de controlar las mentes de los menores que aún no se han formado y están desarrollando su propia personalidad y su propio pensamiento. Este desarrollo del individuo debe ser libre, cada persona debe tener la oportunidad de llegar a sus propias conclusiones y a no ser manipulada por el estado.

Le decisión del Tribunal Supremo pasa ahora la pelota al Tribunal Constitucional y debe creer que con dejar abierta la posibilidad de impugnar ante la justicia materias o contenidos concretos de esta asignatura es algo así como una decisión salomónica. Está muy claro que impugnar contenidos no lleva a nada. Debería ser el mismo Tribunal Supremo quien establezca qué tipo de contenidos no deben permitirse o cuáles son los criterios que deben regir para preparar los temas de la asignatura. Pero en lugar de ello ha hecho lo que quería el gobierno, poniendo en precario derechos constitucionales y que se niega, evidentemente, a garantizar, pues ante la duda la mejor solución habría sido decidir en contra de una asignatura que no ha hecho más que crispar a la ciudadanía y que parece difícilmente controlable en cuanto a sus contenidos dada la descentralización de la educación.

No necesitamos esa educación. No necesitamos que controlen nuestras mentes.

Fuente letra: Pink Floyd Lyrics

Sobre el autor

Jordi Sierra Marquez

Comunicador y periodista 2.0 - Experto en #MarketingDigital y #MarcaPersonal / Licenciado en periodismo por la UCM y con un master en comunicación multimedia.