¿Quién sale beneficiado con la regulación del Bitcoin? Los usuarios no
En las últimas semanas ha resucitado la polémica entre la prensa económica acerca de las solicitudes de particulares que han implorado a la Administración Tributaria un marco jurídico más regulado en relación al uso del Bitcoin.
Los fundamentos de estas actuaciones realizadas tienen como objetivo disipar dudas acerca de cómo los diferentes operadores deben actuar a la hora de liquidar sus beneficios o actividad realizada bajo el uso de esta criptodivisa.
Entendemos que estas actuaciones, hechas con la mejor intención, no hacen otra cosa que interrumpir el florecimiento económico basado en esta forma de intercambio, ya que las mismas devendrán en un marco regulatorio cuyo fin será desincentivar las alternativas sociales y económicas al dinero fiduciario, y en particular, las alternativas al Euro.
En la actualidad existen diferentes mecanismos fiscales que gravan tanto el capital como los bienes y las transacciones. Dichas exacciones, materializadas en forma de IRPF (o su equivalente insular canario), IVA o el Impuesto de Transmisiones, entendemos que son suficientes para mantener unas balanzas fiscales lógicas y adaptadas a las necesidades de la sociedad. Hay que recordar que las transacciones con fines comerciales realizadas con Bitcoin deben tener como patrón de referencia el valor real de la transacción, y no el valor nominal asociado a los diferentes marcos cambiarios que existen en el mundo en relación a la criptodivisa. Dicho argumento ha sido reiterado en la normativa española a través de diferentes sentencias y resoluciones de los organismos económico administrativos (STS 1/12/93, Res. TEAC 14/1/1993, entre otros), si bien no en relación al Bitcoin, pero sí en relación a aquellas transmisiones patrimoniales de las que no se puede obtener un precio cierto, siendo esto un instrumento normativo en manos de los consumidores que los preserva de las presiones inflacionarias y los procesos especulativos.
Es por ello que la sociedad gestora de LaBitcoinShop.com, HISPABIT S.COOP entiende que reiterar a la Administración Tributaria la necesidad de una regulación del uso de instrumentos de pago P2P es un evidente retroceso, que acentúa la presión fiscal sobre los operadores económicos que pueden encontrar en el Bitcoin un marco ideal para salir de la crisis económica, y que además implica la generación de un «pánico normativo» en los posibles interesados en su uso, ya que desincentiva el mismo hasta tanto la Administración no se pronuncie.
Entendemos que el Bitcoin no debe ser regulado ni reglamentado, como tampoco se regulan ni se reglamentan las relaciones de confianza entre los operadores económicos y sus intercambios asociados.
El planteamiento de LaBitcoinShop es generar un mercado alternativo y sostenible en base a estas relaciones de confianza y en el uso del protocolo Bitcoin, por lo que rechazamos cualquier planteamiento regulatorio.