COMPLICIDAD de los MINISTROS BARAÑAO y FILMUS con la CORRUPCIÁN en la CIENCIA ARGENTINA
por Eduardo R. Saguier
RESUMEN
En este trabajo compruebo la complicidad de los Ministros Barañao y Filmus y del Comité de Á‰tica en Ciencia y Tecnología (CECTE) en la degradación moral de la conducción del área científico-tecnológica argentina. Para ello estudio el discrecional proceso evaluativo de los proyectos subsidiados por la Agencia, las incompatibilidades, las responsabilidades oficiales, los principios universales puestos en juego, la no transparencia y simulación fraudulenta de los portales electrónicos oficiales, la complicidad del mandarinato académico con la violación de la ética, y las represalias políticas a los que se opusieron al Plan Mafioso.
INDICE
1.- PROBLEMA CRÁTICO A RESOLVER
1.1.- Discrecionales Filtros Evaluativos de cada Proyecto en la Agencia
1.2.- Excusas Formales a las Incompatibilidades
1.3.- Responsabilidades de la Comisión de Á‰tica de Ciencia y Técnica (CECTE)
1.4.- Responsabilidades de los Ministros del Área (Barañao y Filmus)
1.5.- Principios Universales Absolutamente Ignorados
1.6.- No Transparencia y Simulaciones Fraudulentas en los Portales Electrónicos Públicos
1.7.- Monopolización de los Recursos Oficiales por parte de los Directivos de CyT
1.8.- Complicidad del Mandarinato con la Violación de la Á‰tica.
1.9.- Represalias a los Investigadores, víctimizados por oponerse al Plan Mafioso
2.- COMPROBACIÁN FÁCTICA del PROBLEMA
2.1- Apéndice I
1.- PROBLEMA CRÁTICO A RESOLVER.
Una media docena de instituciones legales (AGENCIA, CONICET, CONEAU, SPU, CECTE) concluyeron tejiendo un inmenso pentágono compuesto por verdaderos nudos gordianos y por flujos venales de ida y vuelta (subsidios, incentivos, categorizaciones, acreditaciones, confidencialidades, asesorías, consultorías, observatorios, transferencias tecnológicas, etc.). Este contaminado pentágono, al condicionar las libertades académicas y tercerizar las universidades, ha concluido por devaluar tanto la autonomía de las mismas, como el sistema de equilibrio de poderes (frenos y contrapesos) que debe existir en el seno de los organismos académicos colegiados, y la excelencia de la formación universitaria y de la producción científica.
AGENCIA (Agencia Nacional para la Producción Científico-Tecnológica) (A): Medio centenar (50) de sus Coordinadores recibieron subsidios de la propia Agencia, y de los cuales ocho (8) percibieron $3.662.000 a un promedio de $457.750 c/u. La antropóloga Rosana Guber, hija de la Dra. Rebeca Cherep de Guber, Presidenta de la Agencia, también recibió su correspondiente subsidio. La Agencia engloba al Comité de Á‰tica en la Ciencia y la Tecnología (de ahora en mas CECTE), y supervisa las categorizaciones de los incentivos que distribuye la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) e indirectamente las acreditaciones de los programas de Maestría y Doctorado de la CONEAU, estos dos últimos organismos dependientes del Ministerio de Educación.
CONICET (Consejo Nacional de Investigaciones Científico-Tecnológicas) (C): Tres (3) de los miembros del Directorio (Girbal, Siñeriz y Rapela) recibieron subsidios de la Agencia. Sesenta (60) miembros de las Comisiones Asesoras del CONICET (CA) también recibieron subsidios de seis (6) dígitos de la Agencia, y de los cuales siete (7) percibieron la suma de $2.846.105, a un promedio de $406.586 c/u.
CONEAU (Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria) (CON): Aunque perteneciente al Ministerio de Educación dos (2) miembros de su Directorio (Villanueva y Krotsch) percibieron de la Agencia la suma de $275.354, a un promedio de $138.000 c/u.
SPU (Secretaría de Políticas Universitarias) (SPU): distribuye los incentivos a los docentes-investigadores de las Universidades Nacionales y categoriza a los mismos, tarea en la cual es supervisado por la Agencia.
CECTE (Comité de Á‰tica en la Ciencia y la Tecnología) (CEC): Emitió dictámenes exculpatorios en materia de ética administrativa a favor de los Coordinadores de la Agencia. Sin embargo, cuatro de sus directivos (Kornblihtt, Parodi, Vainstok y González Cappa) recibieron subsidios de la Agencia. La Dra. González Cappa recibió tres diferentes subsidios de seis dígitos cada uno.
OAC (Oficina Anti-Corrupción) (OAC): oficia de depositario de las Declaraciones Juradas de Bienes hasta tanto se constituya la Comisión Nacional de Á‰tica de la Función Pública, establecida en el decreto reglamentario de la Ley de Á‰tica Pública Nº 25.188. Y en la práctica la OAC ha cajoneado las denuncias formuladas por cuestiones de incompatibilidad en los cargos de CyT.
Por ende, las autoridades de cinco (5) organismos de CyT y de Educación: los Coordinadores de la Agencia (A), los miembros del Directorio del CONICET (D), los miembros de las Comisiones Asesoras del CONICET (CA), los integrantes del Directorio del CECTE (CEC), y los Directores de la CONEAU son como primos hermanos, más hermanos que primos, dado que recibieron subsidios del mismo padrino-antecesor: los une la Agencia y el Ministro de Ciencia y Técnica.
1.1.- Discrecionales Filtros Evaluativos de cada Proyecto en la Agencia
El proceso evaluativo de cada Proyecto en la Agencia lo dirige el Coordinador respectivo y la Comisión ad-hoc que analiza la pertinencia del Proyecto. El Coordinador de cada área tiene la responsabilidad de elegir a los evaluadores desinsaculándolos de un Banco de Pares Evaluadores, quienes evalúan la calidad de los proyectos; y el Presidente de la Comisión ad-hoc es el encargado de instrumentar los medios necesarios para que se dictamine sobre la pertinencia del proyecto.
En cuanto a los Pares Evaluadores, que son los evaluadores de los Proyectos a subsidiar debo decir:
a) son más de mil en cada área de conocimiento;
b) una muy pequeña minoría es la que usualmente es llamada a intervenir;
c) su incorporación al Banco de Pares o Expertos Evaluadores se hace con total arbitrariedad por parte del Directorio de la Agencia;
d) Su desinsaculación para la evaluación de cada Proyecto tiene el mismo vicio de discrecionalidad y arbitrariedad que el punto anterior.
e) No es de extrañar que los Pares Evaluadores usualmente convocados para aceptar o rechazar Proyectos, que es una tarea honoraria, hayan sido también subsidiados.
f) Todo sin perjuicio ni menoscabo de muchos integrantes de los Bancos de Pares Evaluadores que son ajenos e inocentes de este sistema y de cuya honorabilidad no se pone aquí en duda.
1.2.- Excusas Formales a las Incompatibilidades
Es incompatible para un funcionario otorgarse a sí mismo un beneficio, dado que esa actitud implica privar a otro investigador que no es funcionario de dicho beneficio. No obsta a esta incompatibilidad que el beneficio sea otorgado por otros organismos integrantes del mismo Ministerio, dado que todos son empleados subalternos en la misma unidad ministerial. Tampoco obsta a la incompatibilidad que el miembro Asesor o Coordinador se excuse de intervenir cuando la Comisión o Área de conocimiento respectiva trata su propio pedido de subsidio. Obvio que de esa manera solo se salvan las formas y no la incompatibilidad, puesto que el subsidio cae en sus manos devolviendo la prestación con su voto a favor de los pares en la Comisión o Área de conocimiento respectiva.
Para evitar estos conflictos –propios de una administración venal que no respeta los parámetros meritocráticos y que maquina su ascenso socioeconómico mediante maniobras de corrupción política– las garantías de independencia, imparcialidad, publicidad, igualdad y transparencia deberían ser requisitos insoslayables para el funcionamiento de todo poder evaluador, del fuero o jurisdicción que fuese.
1.3.- Responsabilidades del Comité de Á‰tica en Ciencia y Tecnología (CECTE)
Tampoco obsta a la incompatibilidad ninguna reglamentación, ni exculpación, ni absolución, de organismo interno alguno, aunque fuere autónomo, que pretenda blanquear, encubrir o purgar la falta de transparencia, publicidad, legalidad, igualdad o responsabilidad, o que contradiga el espíritu de las Leyes Nacionales de Actos Discriminatorios N° 23.592 y de Á‰tica de la Función Pública Nº 25.188, salvo en ésta última la docencia.
Estas contradicciones las ha cometido el CECTE, supuestamente “autónomo”, que aunque creado por el Directorio del CONICET (Resolución D N° 1806/04, y su Reglamento, Resolución D N° 613 del 2-5-05), en 2004, bajo el Ministerio de Filmus, ha pasado ahora a la jurisdicción del Ministerio de Ciencia y Técnica; coordinado por Otilia Vainstok e integrado por miembros beneficiados por los subsidios de la Agencia (Stella M. González Cappa, Alberto R. Kornblihtt, Armando Parodi y Otilia Vainstok) y también aparentemente por miembros no beneficiados (Roberto Fernánez Prini, Samuel Finkielman, Noé Jitrik, Ernesto E. Maqueda, Fernando O. Ulloa y Aída Kemelmajer de Carlucci). Dichas contradicciones se manifestaron en un Documento titulado Conflicto de interés en comunidades científicas pequeñas, http://www.cecte.gov.ar/pdf/14 , archivado en la sección Recomendaciones e Informes, fechado el día 5 de noviembre de 2007, emitido “…a pedido de Investigadores individuales”, pero también a solicitud del entonces Presidente de la Agencia Dr. Lino Barañao, la que fue formulada el 9 de abril de 2007 ante el Plenario del CECTE, y que exculpa a los Coordinadores de la Agencia de toda incorrección. Se ignora aún si esta exculpación alcanza también por analogía a los Directoriales del CONICET y la CONEAU, y a los miembros de las Comisiones Asesoras del CONICET, que también percibieron subsidios de la Agencia.
1.4.- Responsabilidades de los Ministros del Área (Barañao y Filmus)
Pese a los compromisos de su pasado como Presidente de la Agencia (bajo el Ministro Filmus), contraídos ante el Plenario del CECTE, el actual Ministro Dr. Lino Barañao debe tomar cartas en estas omisiones, tergiversaciones, violaciones y discriminaciones; debe auditar la gestión de los organismos bajo su órbita; y debe decretar la nulidad de todo aquello que atente contra las Leyes de Actos Discriminatorios y de Á‰tica de la Función Pública, incluido el citado Documento del CECTE, elaborado a su propio pedido.
La inactividad, indiferencia o negligencia del Ministro de Ciencia y Técnica en estas esferas legales, puede muy bien constituir delito, y ser fruto de una conspiración para discrecionalizar los fondos públicos y los recursos humanos en provecho de una camarilla facciosa que habría alcanzado también al Ministerio de Educación, específicamente a organismos tales como la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) y la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU), cuyos directivos también fueron beneficiados por la Agencia.
1.5.- Principios Universales Absolutamente Ignorados
Los principios de legalidad, publicidad, igualdad, control y responsabilidad han sido absolutamente ignorados, la ética legal ha sido abdicada y burlada, y las incompatibilidades o conflictos de interés han sido producidos deliberadamente en todos los casos que fueron oportunamente denunciados ante los organismos fiscalizadores (Defensoría del Pueblo de la Nación, Fiscalía General de Investigaciones Administrativos, Oficina Anti-Corrupción, Auditoria General de la Nación), y que hasta hoy han sido extrañamente ignorados.
1.6.- No Transparencia y Simulaciones Fraudulentas en los Portales Electrónicos Públicos
La falta de transparencia vigente hasta el día de la fecha en las pantallas electrónicas de estos organismos fue montada con el avieso objetivo de impedir a los Investigadores, Docentes-Investigadores y Becarios el conocimiento de las Leyes Nacionales de Actos Discriminatorios N° 23.592 y de Á‰tica de la Función Pública Nº 25.188, y como en El Castillo de Kafka obstruirle a los mismos la comprensión del nexo inmediato que dichas Leyes tienen con sus derechos y obligaciones (volviéndolos así una suerte de súbditos o extranjeros).
Para ese objetivo desinformador, la Agencia, en la sección electrónica titulada Biblioteca de Documentos; el CONICET y la CONEAU, en sus secciones tituladas Normativa, y la SPU en su sección titulada Legislación, ocultaron la exhibición de dichas Leyes. Eso sí, socarronamente la CONEAU incluye en su normativa la Recopilación de las Leyes de Indias. Y el CECTE ocultó en el menú de su propio portal la publicidad de Documentos críticos donde se auto-incrimina www.cecte.gov.ar/pdf/14. También la Agencia ocultó los listados de los beneficiarios de subsidios de la década entre 1996, año de su fundación, y el 2007. Y también practicó una simulación fraudulenta al distorsionar la cifra de los beneficiados con subsidios, utilizando una estadística grosera que no pondera sus propias cifras, cuando en su documento titulado estadísticas fonCyT http://www.agencia.gov.ar/spip.php?article36 declaró la cantidad de dos mil (2.000) proyectos (y supuestamente igual cantidad de beneficiarios) para el período 2000-2004, de un total de 288 millones de pesos, a un promedio de $145.000 c/u, con el solapado afán de simular una supuesta equidad distributiva.
1.7.- Monopolización de los Recursos Oficiales por parte de los Directivos de CyT
Para desmentir esa falsa afirmación del portal electrónico de la Agencia, hemos descubierto que en el CONICET siete (7) miembros de sus Comisiones Asesoras (Targovnik, Murer, Uchitel, Previtali, Hoyos de Rossi, Colombo y Ugalde), recibieron de la Agencia la suma de $2.846.105, a un promedio de $406.586 c/u, mientras el total de funcionarios miembros beneficiados alcanzaba el numero de sesenta (60); que en la propia Agencia, ocho (8) Coordinadores (Coira, Cánepa, Rubiolo, Cabada, Cazzulo, Arzt, Poderoso, y Corti), se asignaron $3.662.000 a un promedio de $457.750 c/u, mientras el total de Coordinadores beneficiados alcanzaba el medio centenar; y que en la CONEAU, dos miembros de su Directorio se asignaron $275.354, a un promedio de $138.000.
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En total, entre ambos organismos, quince (17) funcionarios se apoderaron de $6.683.459, a un promedio de $400.000 c/u, y otro centenar de ellos cifras algo menores pero siempre de seis (6) dígitos. La totalidad del presupuesto repartido en el cuatrienio 2000-2004 fue según cifras divulgadas por el portal de la Agencia de 288 millones, de los cuales, según nuestros cálculos, unos 27 millones, o el 20% del total, se lo llevaron para sí mismos en forma individual más de un centenar de autoridades de dichos organismos. Dada la escasez de la información a la que he tenido acceso presumo que dicho porcentaje debe ser mucho mayor.
1.8.- Complicidad del Mandarinato con la Violación de la Á‰tica.
La complicidad de los funcionarios beneficiados con la distribución mafiosa de los subsidios, incluidas las autoridades del CECTE (que aunque ente autónomo creado por el CONICET está bajo la jurisdicción (sede, logística y financiación) del Ministerio de Ciencia y Técnica; con la violación del art.1º de la Ley de Actos Discriminatorios y el art.13º de la Ley de Á‰tica de la Función Pública; y con el desentenderse de las incompatibilidades o conflicto de intereses, ha sido inequívoca, y el daño inferido a la comunidad científica argentina ha sido abrumador, tanto que amerita la inmediata intervención del Instituto Nacional Contra la Discriminación (INADI).
1.9.- Represalias a los Investigadores, víctimizados por oponerse al Plan Mafioso
La motivación de las persecuciones y represalias de las que han sido víctimas quienes se opusieron a ello debería ser materia penal, por cuanto los mismos partícipes de las violaciones éticas (miembros del Directorio del CONICET) han sido también los que seleccionaron a los evaluadores que rechazaron los Informes Periódicos de quien viene denunciando públicamente aquellas violaciones (ver Red Mafiosa en el CONICET argentina.indymedia.org/news/2009/04/668439.php y Red Mafiosa en la Ciencia y la Universidad Argentina www.mitosyfraudes.org/Polit/Conicet.html). Y muchos de los propios integrantes de las Comisiones Asesoras que rechazaron los Informes del denunciante fueron o son aspirantes a los subsidios de la Agencia, y han sido además recusados ante la Presidencia del CONICET por violación al sistema de incompatibilidades o por integrarlos tácitamente o por ser sus beneficiarios. Si el CECTE admite el tratamiento de Documentos “…a pedido de Investigadores individuales”, sería interesante saber si admite también el tratamiento de acusaciones de persecución política de resultas de haber practicado severas denuncias.
2.- COMPROBACIÁN FÁCTICA del PROBLEMA
Para probar la inequidad distributiva de los subsidios de investigación repartidos, así como para demostrar la grave situación de incompatibilidad en que se encuentran las autoridades o funcionarios que recibieron subsidios de la Agencia, el Apéndice I (*) detalla la nómina de los beneficiarios y su filiación administrativa, área de conocimiento, y el año y monto de los subsidios:
(*) El Apéndice I se halla publicado en el trabajo titulado La Red Mafiosa en la Ciencia y la Universidad Argentina, que esta en la web.
Eduardo R. Saguier
Museo Roca-CONICET
www.er-saguier.org
www.nationstatecrisis.org