El Derecho a la Salud de los NgÁ¤bes – Buglés versus la explotación minera a “Cielo Abierto”
Introducción
Es un texto, que busca ubicar la situación actual que provocará la aprobación del cambio de la Ley minera en Panamá; el cual, dicha aprobación esta en busca de lograr la explotación minera a cielo abierto dentro del territorio comarcal de los pueblos originarios ngÁ¤bes y buglés.
En este caso, exponemos un corto análisis de la situación de la salud de Panamá y sus contradicciones con la realidad comarcal; y al mismo tiempo, contradictoria con la política de la explotación minera que se pretende hoy día. Esta última, como catalizadora de cambios nefastos en el medio ambiente, el cual puede provocar la mala situación de la salud en la población ngÁ¤be y buglé ubicada dentro del territorio comarcal.
Panamá y la Comarca NgÁ¤be – Buglé
Panamá es un país que posee un territorio de 75,517 Km², el cual se divide políticamente por nueve provincias y cinco comarcas indígenas. Las comarcas en Panamá, son el equivalente a una provincia. Entre esas comarcas, se encuentra la Comarca NgÁ¤be – Buglé.
“La Comarca NgÁ¤be –Buglé, fue creada y aprobada el 7 de marzo de 1997 mediante la Ley 10. Su espacio territorial se constituyó de territorios continentales e insulares pertenecientes anteriormente a las provincias de Bocas del Toro, Chiriquí y Veraguas (…)” (Barrios López, 2010: 63). “Actualmente comprende un territorio de 6,944.06 km², el cual representa el 9,2% del todo el territorio de Panamá” (Ádem).
El territorio de la comarca “(…) está compuesto por tierras altas y bajas ricas en recursos naturales, propicia para la explotación minera (Cobre (Cu), Oro (Au), cuarzo y Molibdeno), tala de árboles, la explotación agrícola y de pastoreo, e incluso para la creación de hidroeléctricas. Tiene una vegetación de bosques con características pluviales, montanos y tropicales; donde posee también una gran variedad de faunas silvestres. Asimismo, el clima que predomina es el tropical húmedo” (Ádem). Estas características, la hacen propicia para la explotación de un eco-turismo responsable e integral.
No obstante, también esta compuesta por una población de ngÁ¤bes en un 92%, y buglés con un 5%; mientras los otros grupos (mestizos y otros pueblos originarios) ocupan el 3% (ANAM, 2006). Para el año 2010, la comarca contó con una población aproximada de 150,550 habitantes (Contraloría General de la República de Panamá, Sin año).
Con respecto a la situación de la salud en Panamá, esta se perfila muy positivamente en contraste con la región Centroamericana. Pero cabe mencionar que esos números positivos fueron divulgados en el 2006 por la OPS, lo cual demostraba que Panamá había mejorado las condiciones de vida de la población a nivel nacional[1]. Esa situación de la salud no reflejaba la realidad de la salud que enfrentan constantemente los ngÁ¤bes y los buglés; lo cuales se traducen en la incapacidad del Estado panameño para resolver los problemas estructurales que impiden alcanzar el derecho a la salud de los pueblos originarios, el cual incluye a la población de la Comarca NgÁ¤be – Buglé.
Entre esos problemas “(…) estructurales, se encuentra: 1) El poco financiamiento destinado al sector salud, afectando la contratación de personal de salud, la compra de insumos o materiales (medicamentos, muebles y equipo tecnológico, entre otros) y la construcción de más infraestructuras (instalaciones de servicios de salud). Esta situación también provoca que el gasto de bolsillo[2] en la salud rebase al gasto público destinado al sector salud; 2) La aplicación de políticas públicas de salud, donde la mala formulación y aplicación de políticas afecta directamente a la población. Con la aplicación de políticas de ajuste estructural las políticas de salud dejaron de ser universalistas, pasando a ser políticas focalizadas y a corto plazo. Con este tipo de políticas, solo un pequeño sector de la población logra beneficiarse. También se encuentra la falta de aplicación de políticas de salud de tipo incluyente e integral que tome en cuenta el aspecto intercultural (para que no existan grupos étnicos marginados o residuales); 3) La configuración del sistema de salud nacional, que se encuentra segmentada (en varios subsistemas de salud: seguridad social, público oficial y privado, entre otros) y a la vez fragmentada (ya que ninguno de los subsistemas de salud coordinan entre sí). Esta situación provoca principalmente que los servicios del subsistema de salud oficial colapsen al no poder satisfacer las demandas de toda la población” (Barrios López, 2010: 57 – 58).
Momento actual en Panamá y en la Comarca NgÁ¤be – Buglé
Solo para recordar, la OMS (Organización Mundial de la Salud) afirma que el Derecho a la Salud debe ser: “El goce del grado máximo de salud que se pueda lograr, es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social. El derecho a la salud obliga a los Estados a generar condiciones en las cuales todos puedan vivir lo más saludablemente posible. Esas condiciones comprenden las disponibilidades garantizadas de servicios de salud, condiciones de trabajo saludables y seguras, vivienda adecuada y alimentos nutritivos. El derecho a la salud no se limita al derecho a estar sano” (OMS, 2007).
Lo anterior, no se puede generar por sí sólo esa afirmación, se traduce en que los Estados adscritos a las políticas de la OMS, como el caso de Panamá; se encuentran comprometidos a generar el derecho a la salud con la atención de salud oportuna y apropiada. También, deben procurar que los principales factores determinantes de la salud se reproduzcan de la manera más satisfactoria posible. Esos determinantes son los siguientes: el acceso agua limpia y potable, condiciones sanitarias adecuadas, el suministro adecuado de alimentos sanos, una nutrición adecuada, una vivienda adecuada, condiciones sanas en el trabajo, acceso a la educación e información relacionadas con la salud (incluye la salud sexual y reproductiva), y el acceso a un medio ambiente saludable.
El Estado panameño, tiene el compromiso de ejecutar esa labor desde el momento que ratificó cada uno de los tratados, pactos, convenios y declaraciones que hacen alusión al derecho a la salud, que van desde la Carta Internacional de Derechos Humanos[3] hasta las Resoluciones (CD37 R5[4], CD40 R6[5], y CD47 R8[6]) expresadas por la Organización Panamericana de la Salud (OPS); el cual es otro organismo intergubernamental, al que se encuentra adscrito Panamá. A pesar que Panamá no haya firmado el Convenio 169 de la OIT, eso no lo exime de cumplir y salvaguardar el derecho a la salud de los pueblos originarios, como son los NgÁ¤bes y Buglés.
Cabe recordar que el MINSA (Ministerio de Salud), el MIDA (Ministerio de Desarrollo Agropecuario), y la ANAM (Autoridad Nacional del Medio Ambiente), son entidades públicas creadas para salvaguardar esos compromisos. Pero todo indica que sus funciones solo quedan en papel faltando a sus responsabilidades.
No obstante, la imposición del gobierno de cambiar la Ley minera para promover su explotación a cielo abierto, traerá problemas irreversibles que han sido experimentados con la anterior explotación de la mina Santa Rosa ubicada en la provincia de Veraguas; la cual fue cerrada en 1999. Esa explotación causó una contaminación nefasta, degradando el medio ambiente y perjudicando a las poblaciones aledañas a esa explotación. Hubo personas que sufrieron de contaminación de plomo con un índice oscilante entre los 131 a 181 microgramos de contaminación en su cuerpo (Martínez, 2003). ¿Qué se podría esperar?, sí se reabre la explotación minera a cielo abierto en Cerro Colorado, Comarca NgÁ¤be – Buglé, o en otro lugar dentro del territorio del Estado panameño.
Actualmente el gobierno no ha logrado resolver los problemas de inaccesibilidad de los servicios de atención de salud dentro de la comarca, y el control epidemiológico dentro de la zona es muy débil, cualquier hecho nefasto podría cambiarlo hacia una situación epidemiológica incontrolable, perjudicando a la población en su totalidad. Recordemos que la contaminación del medio ambiente a través de la explotación minera; es la contaminación de los ríos, la degradación de los suelos, la lluvia ácida que se puede provocar en la zona, la muerte lenta de la fauna y flora (proveedora de alimentos para los ngÁ¤bes, bugles y otros grupos de la zona) y la mala situación de la salud de la población de la comarca.
Asimismo, ante la imposición del actual gobierno. Varios grupos de la sociedad civil se han hecho sentir en contra de esa nueva Ley minera. Los ngÁ¶bes y los buglés, también han realizado sus protestas, las cuales han sido reprimidas injustificadamente por el gobierno. El gobierno sigue adelante con su propuesta; realizando a través de la Asamblea Legislativa las reuniones para la aprobación de dicha Ley, y de manera inconsulta con la población panameña, y mucho menos con la verdadera población que será afectada. En este caso, nos referimos, a los ngÁ¶bes y a los buglés.
Bibliografía
ANAM (2006); Plan Indicativo de Ordenamiento Territorial Ambiental de la Comarca NgÁ¶be Buglé, Panamá, Panamá, Unidad de Planificación Operativa, 173 pp.
BARRIOS López, Andrés; Tesis de Maestría: Ciudadanía Social y el Derecho a la Salud de los pueblos indígenas NgÁ¤be- Buglé de Panamá y Kakchiquel de Guatemala, Guatemala, FLACSO, 2010, 169 pp.
CONTRALORÁA General de la República de Panamá (Sin año); Estimaciones y Proyecciones de la población en la República de Panamá, por provincia, comarca indígena y distrito, según sexo y edad: Años 2000-2015 y 2020-Boletín N° 9, Panamá, Dirección de Estadística y Censo, 118 pp.
MARTÁNEZ, Eduardo (2003), “Alarma por contaminación de plomo en Veraguas”, Panamá América, (En Línea), Panamá, EPASA, Recuperado el 12 de febrero de 2011, de: http://www.pa-digital.com.pa/periodico/edicion-anterior/nacion-interna.php?story_id=403592
OIT (2000); “CONVENIO OIT NO. 169 SOBRE PUEBLOS INDÁGENAS Y TRIBALES EN PAÁSES INDEPENDIENTES- 1989”, (En Línea), Lima, Recuperado el 16 de Septiembre de 2009, de: http://www.ilo.org/public/spanish/region/ampro/lima/publ/conv-169/convenio.shtml
OMS (2007); “El derecho a la salud”, (En Línea), Nota descriptiva N° 323, Recuperado el 15 de Julio de 2009, de http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs323/es/index.html
OPS (2006); Situación de Salud en las Américas: Indicadores Básicos 2006, Washington D.C., Unidad de Análisis y Estadísticas de Salud (HA), 12 pp.
VÁSQUEZ, Javier y Vega, Enrique (2008); Derechos Humanos y Salud-Pueblos Indígenas, (Sin ciudad), OPS, 8 pp.
[1] En los datos mostrados por la OPS (2006), “(…) en Latinoamérica la esperanza de vida es de 74,8 años, Panamá supera esta cifra con 1,4 años. Mientras con respecto a la subregión Centroamericana, el panameño promedio alcanza a vivir 4,4 años más que el resto de los centroamericanos medio” (Barrios López, 2010: 29).
[2] Es el dinero que cada persona utiliza, ya sea pagando una cuota de seguro privado o social de salud, pagando los servicios de un médico o doctor privado y/o comprando medicamentos; con el fin de garantizarse su derecho a la salud.
[3] Está constituido por la Declaración Universal de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos “ (Barrios López, 2010: 53). En los tres se establece la protección la no discriminación de los pueblos indígenas.
[4] Se “(…) exhorta a los Estados Miembros a promover programas de prevención de enfermedades y promoción de la salud para pueblos indígenas, a transformar el sistema de salud para que incluya modelos alternos de atención y que sea adecuado para los pueblos indígenas y a promover la investigación e iniciativas para aumentar la información sobre salud de los pueblos indígenas, para dichos pueblos y para la comunidad internacional” (Vásquez y Vega, 2008: 6).
[5] Se “(…) exhorta a los Estados Miembros a detectar, monitorear y revertir las desigualdades tanto en la salud de los pueblos indígenas como en su acceso a los servicios básicos de salud. Además insta a los Estados Miembros a buscar soluciones sustentables a los retos” (Ádem).
[6] Se reconoce “(…) que existen desigualdades en la salud y en el acceso a servicios de atención médica que afectan a más de 45 millones de habitantes indígenas de la región de las Américas. Los Estados Miembros de la OPS se comprometen a asegurar la incorporación de las perspectivas de los pueblos indígenas y al logro de las Metas de Desarrollo del Milenio en las políticas sanitarias nacionales; a integrar el enfoque intercultural a los sistemas de salud de la Región y a capacitar a recursos humanos del sistema de salud para que actúen como facilitadores interculturales (…)” (Ádem).