El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto que modifica la normativa anterior y que prohÃbe el uso de determinadas sustancias beta-agonistas en la crÃa de ganado para tratamientos terapéuticos y zootécnicos en la producción de animales. La existencia y utilización de productos alternativos eficaces permitirán garantizar y proteger la salud de los consumidores y la calidad de la carne.
El Real Decreto modificado suprime definitivamente el uso de sustancias de efecto hormonal y tireostático (antitiroideo). Ésta última se utilizada en la producción animal como promotora de crecimiento al inhibir la sÃntesis de la hormona tiroxina por la glándula tiroides y se prohibió en España en 1977 para este fin.
La nueva normativa, que se incorpora al ordenamiento jurÃdico las últimas disposiciones comunitarias, suprime el uso del 17-Beta-Estradiol en la producción de animales destinados a la producción de alimentos. En el anterior decreto, está sustancia se utilizaba de forma excepcional para tratamientos terapéuticos y zootécnicos como la inducción del celo en bovinos.
El Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (MARM) ha considerado que esta exención no debe renovarse para garantizar el nivel de protección de la salud humana y preservar la calidad de los alimentos de origen animal. Además, la existencia y utilización de productos alternativos eficaces han contribuido al abandono del uso de estas sustancias para ciertos fines todavÃa permitidos.
En el caso de los tireostáticos, el Real Decreto mejora su uso en actuaciones terapéuticas para tratar el hipertiroidismo de los animales de compañÃa. Se les podrá prescribir esta sustancia ya que no existe un tratamiento alternativo.