La belleza de una acusada puede influir injustamente en la percepción de su culpabilidad
Una investigación de la Universidad de Granada, basada en encuestas a la policía, indica que en delitos de violencia de género en los que la mujer mata a su maltratador, si la acusada se presenta como atractiva se le atribuye mayor responsabilidad en el crimen.
Desde la psicología social se ha observado que en diferentes ámbitos, como el laboral, académico e incluso en el judicial, el atractivo físico de una persona influye en cómo es percibida por los demás. De alguna manera se produce una asociación mental de que ’lo bello es bueno’. Sin embargo, en cuestiones de violencia de género los resultados son diferentes.
“Uno de las conclusiones más interesantes de la investigación fue que, al presentar como atractiva a la acusada de matar a su maltratador, los participantes le atribuyeron mayor responsabilidad en los hechos y, al contrario, si se la definía como ‘no atractiva’, este índice disminuyó”, declaran a SINC Antonio Herrera, Inmaculada Valor-Segura y Francisca Expósito, autores del estudio que publica la revista The European Journal of Psychology Applied to Legal Context.
Para realizar el estudio, se redactaron dos tipos de historias ’ficticias’ sobre un proceso judicial en el que la protagonista era una mujer acusada de matar a su marido y que había declarado en su defensa haber sufrido una larga historia de maltrato y que, por tanto, cuando lo mató actuó en defensa propia. En una de las historias la descripción de la mujer encajaba con el estereotipo de maltratada y en la otra no.
“De esta manera, teníamos a la mitad de los policías que leían un relato en el que la acusada era una mujer joven, maltrecha, deteriorada físicamente y de aspecto frágil, con hijos y económicamente dependiente de su pareja. Y la otra mitad leyó la historia de una mujer sin hijos, asesora financiera, casada durante 10 años y que durante el proceso judicial se presenta bien vestida, decidida y calmada en su interacción con el juez y los abogados”, explican los autores.
Los investigadores pidieron a los participantes que adoptaran el papel de jurado y que contestaran a una serie de preguntas relacionadas con la credibilidad, responsabilidad y control de la situación que les había generado la mujer que se describía. También le preguntaron sobre su ideología sexista.
El prototipo de mujer maltratada
Los autores señalan que una de las variables que ha ejercido mayor efecto en la valoración de la criminalidad es si la mujer encaja o no con el estereotipo de mujer maltratada, lo que se denomina prototipicidad.
“Los resultados mostraron que cuando se presentaba a los participantes a una mujer maltratada no prototípica, es decir, que no encaja con la idea que la sociedad tiene de este tipo de mujeres, se le atribuía un mayor control de la situación, lo cual, en términos legales, se puede traducir en una mayor culpabilidad”, aseguran.
La otra variable que relacionaron con la valoración que el ‘jurado’ hacía del caso es el sexismo de los participantes. En este sentido, los que tenían mayores puntuaciones en sexismo hostil –denominado también sexismo tradicional o machismo– eran los que mayor control de la situación otorgaban a la acusada.
“Este trabajo, pese a las posibles limitaciones que pueda presentar, nos pone en alerta sobre la necesidad de aumentar la formación en cuestiones de género para todos los agentes jurídicos y de seguridad. Su trabajo es fundamental en el proceso y pueden estar condicionados por variables ajenas, como el atractivo físico o la creencias estereotípicas sobre la violencia de género”, concluyen los autores.
La muestra empleada en la encuesta fueron 169 policías pertenecientes a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. La mayoría eran varones –153 hombres y 16 mujeres– procedentes de diversas ciudades españolas.
Referencia bibliográfica:
Antonio Herrera, Inmaculada Valor-Segura, Francisca Expósito. Is miss sympathy a credible defendant alleging intimate partner violence in a trial for murder?The European Journal of Psychology Applied to Legal Context, 4 (2), 99-196. Julio 2012.