EL CRISOL – Pascual Mogica Costa
Tengo en mi archivo una voluminosa carpeta dentro de la cual se encuentran un montón de sentencias que sin duda alguna tendrán su explicación técnica pero que muchos no entendemos y las consideramos confusas, abstractas y sin pies ni cabeza. Vamos, que serán todo lo legales que deben ser pero que no hay Dios que las entienda. Es posible que algún día me decida y escriba algún libro sobre ellas.
Pero a lo que verdaderamente quiero referirme yo es a la segunda sentencia que el juez de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, ha dictado por el juicio sobre la identificación de las víctimas del Yak-42. Digo la segunda sentencia porque en mi opinión ya hubo una primera sentencia que no fue otra que cuando se condenó a muerte a los soldados que se veían obligados a viajar en aquellos aviones que no estaban aptos para volar y buena prueba de ello es que a raíz de este luctuoso suceso se contrataron aeronaves de compañías aéreas de vuelos regulares. O sea aviones normales propiedad de empresas normales que están operando a diario por todo el mundo con un índice de accidentes insignificante dado el considerable volumen de sus vuelos.
Volviendo al tema de que hay sentencias que no hay quien las entienda, en ésta en concreto no me cuadra el hecho de que el juez haya decretado, a fin de indemnizar a los familiares de las víctimas, cosa con la que estoy totalmente de acuerdo, aunque ni todo dinero del mundo puede desterrar la indignación, la pena y la frustración de los parientes de los soldados fallecidos, que el juez haya sentenciado, repito, que el Ministerio de Defensa sea el responsable civil subsidiario. Si esto es así será, al margen de que los mandos militares condenados sean declarados o considerados económicamente insolventes, será también porque se considera que el Ministerio de Defensa tiene parte, o toda, la culpa de lo que ha ocurrido y si esto es así dentro de ese ministerio no solamente había mesas, sillas, lámparas, sofás y demás mobiliario y enseres, había también personas y sobre todo una persona que debería mandar sobre las demás, un edificio nunca puede ser responsable de nada. Pero dentro del mismo es de pensar que en el interior de uno de los despachos de ese edificio, había una persona, repito, que hacía y deshacía, pero por lo visto esa persona era un elemento más del mobiliario sin ningún tipo de responsabilidad según la Justicia. Si hay responsabilidad subsidiaria esta debe ir acompañada de la responsabilidad política. Pero claro, si a esa persona no se le ha acusado de nada ¿qué responsabilidad se le va a pedir? Una persona que por cierto ha entrado con mal pié en la memoria histórica de millones de españoles.