Cuando una pareja llega a un divorcio contencioso, la relación entre ambos está muy deteriorada, de tal modo que si en ese contexto se impone una custodia compartida, no se va a «compartir» la educación y el cuidado de los hijos, sino que se va a «dividir” entre ambos progenitores, haciendo a los menores partícipes del conflicto y en muchos casos, obligándolos a mudarse periódicamente de domicilio, privándoles de un hogar estable. Inevitablemente, estas circunstancias van a afectar de forma negativa a su estabilidad física y emocional y de hecho, en todos los casos de los de que tenemos conocimiento, está siendo desastroso para los hijos.
Para que los hijos se resientan lo menos posible tras la separación, necesitan un entorno y un hogar estables y continuar con su rutina diaria en la medida de lo posible. Por este motivo, en los casos en que hay conflicto, abogamos por que la custodia la ostente aquel progenitor que ha venido asumiendo mayoritariamente sus cuidados y facilitando al otro progenitor un régimen amplio de visitas (afortunadamente, los regímenes de visitas de 4 días al mes son cosa del pasado). De este modo, los hijos contarán con su padre y con su madre pero tendrán un hogar y un entorno estables, fundamentales para su correcto desarrollo. A esto hay que añadir que, en España, el concepto de patria potestad es mucho más amplio que en el resto de países, de modo que el progenitor no custodio puede participar y decidir sobre la vida práctica de su hijo.
No aprobamos la imposición sistemática de la custodia monoparental, pero tampoco aprobamos la imposición de la custodia compartida sin acuerdo de los progenitores por las consecuencias negativas que tiene sobre los hijos, entendiendo que su bienestar debe ser el objetivo prioritario.