La forma y manera de reclamar daños ante un accidente de tráfico puede ser clave para recibir una indemnización
«¢ Las indemnizaciones por daños personales en accidentes de tráfico pueden ser reclamadas en la mayoría de los casos.
«¢ El derecho asiste a la víctima y puede reclamar, incluso en los casos de fuga del culpable.
Se acercan los días de Semana Santa y con ellos los desplazamientos en coche. Es una de las épocas del año en las que se concentran un elevado número de desplazamientos en muy pocos días.
Lamentablemente también es una de las épocas en las que repuntan los accidentes de tráfico a todos los niveles y en todo tipo de vías, incluso a nivel de vía urbana. Los accidentes d
e tráfico conllevan múltiples problemas y enredos jurídicos, tanto para reclamar derechos como para defenderse ante posibles denuncias o demandas. Por eso desde este medio hoy vamos a hacer un repaso por el lado jurídico de los accidentes de tráfico.
Para documentarnos en este repaso hemos acudido a CB&H abogados, un despacho joven y dinámico situado en Málaga capital que está especializado en estos temas. CB&H abogados es la consecuencia de la unión profesional de tres mujeres abogadas con una acreditada andadura en el mundo del derecho y que saben que en los casos de accidentes de tráfico, lo que cuenta no es la palabrería y las falsas promesas, sino entender al cliente en su situación concreta y personal y ayudarle a solucionar el problema.
Las víctimas de un accidente de tráfico siempre pueden tener derecho a indemnización en lo relativo a los daños personales, salvo que concurra lo que se llama “culpa exclusiva de la víctima”. En el caso de que se produzca lo que se conoce como “concurrencia de culpas” y que se refiere a la culpabilidad de ambas o varias partes, sigue existiendo el derecho de indemnización por daños personales, pero la indemnización se reduce en proporción a las respectivas culpas. Según nos informan desde CB&H abogados, “será necesario establecer el grado de culpa de cada uno, según las circunstancias concretas del caso”.
Por ilustrarlo mejor, si por ejemplo un vehículo atropella a un peatón que está cruzando por donde no debe o cuando no debe, corresponderá analizar la velocidad a la que circulaba el vehículo, tener en cuenta las características de visibilidad del tramo y el momento, y los técnicos tendrán que establecer en base a ello los tiempos teóricos de reacción, el punto de colisión, las posibles maniobras esquivas, etc. para poder determinar el porcentaje de culpabilidad del conductor.
Desde CB&H nos recuerda que en temas de daños personales, se puede reclamar incluso en el caso de que la otra parte no tenga seguro, o en el caso de que se de a la fuga, ya que para eso existe el “Consorcio de Compensación de Seguros”. Lo que también debemos tener presente es que no se puede reclamar todo lo que se nos ocurra, pero que por el contrario sí que entra dentro de lo ‘reclamable’ los daños personales y/o materiales, intereses de demora en las indemnizaciones, prestaciones por incapacidad laboral, etc.
En cualquier caso es muy importante hacer las reclamaciones en la forma y por la vía adecuada para lograr el éxito. En estos casos está totalmente desaconsejado el “yo me lo guiso y yo me lo como” para realizar la reclamación. Despachos especializados es accidentes de tráfico como CB&H pueden ser la mejor opción y la más interesante para realizar las reclamaciones, tanto de las que nos consideramos con derecho como de las que por desconocimiento podríamos dejarnos sin reclamar.