Una cuestión de derechos humanos
Vivir en un entorno sano y saludable también forma parte de los derechos fundamentales, pues sin un medio ambiente sano es imposible alcanzar el resto de derechos económicos, sociales y culturales que recoge la declaración. Son el presupuesto del disfrute y ejercicio de los demás, dada la íntima vinculación del ambiente con el bienestar y acceso a servicios básicos (agua, alimento, cobijo, etc.). Los derechos humanos son aquellas facultades y prerrogativas inherentes a la persona que les corresponden por su propia naturaleza. No son concesiones de unos cuantos estados a otros, sino que supone una obligación de respeto.
Los intereses políticos, económicos y comerciales no pueden primar sobre la justicia y los derechos humanos. Lograr acuerdos vinculantes y una hoja de ruta para lograr una disminución de la emisión de gases de efecto invernadero no era una labor de solidaridad, sino de derechos y de justicia. El retraso de las negociaciones, la falta de compromiso de los países y los aplazamientos significan la violación de este derecho humano. Personas y gobiernos deben regirse por el respeto a los derechos humanos; las normas y medidas dictadas no pueden ser contrarias a éstos y las políticas económicas y sociales tampoco. Por eso, cualquier decisión que perjudica al medio ambiente es injusta y vulnera los derechos de la humanidad.
A casi veinte años de la primera Cumbre de la Tierra parece haberse olvidado la base de sus principios. En la declaración de Río en 1992 los estados afirmaban que “los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza… A fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada…”.
Las consecuencias del descontrol de la contaminación y la imposibilidad del disfrute y ejercicio de los derechos humanos en condiciones ambientalmente desfavorables han creado la conciencia del íntimo vínculo entre derechos humanos y medio ambiente.
Según la ex secretaria de medio ambiente argentina Romina Picolotti, “la dimensión ambiental de los derechos humanos se refiere no sólo a la interpretación ambiental de derechos ya reconocidos, sino que además requiere el reconocimiento expreso de derechos específicos. A nivel internacional no existen los instrumentos legales necesarios para proteger a las víctimas de la degradación ambiental. Ante la necesidad imperiosa de generar algún tipo de protección los organismos internacionales de derechos humanos han comenzado a aceptar casos de abusos ambientales”. Pero aun queda mucho por hacer.
El impacto de las consecuencias de la degradación ambiental no sólo afecta de una manera nueva el goce efectivo de los derechos humanos, sino que profundiza en problemas ya existentes que afectan a la mayoría de las poblaciones, regiones, y países más vulnerables del mundo imponiendo una tremenda carga para su desarrollo. El cuidado y gestión responsable del medio ambiente es una cuestión esencial para una vida digna.
Fundación Ipade, España