EL CRISOL – Pascual Mogica Costa
El 4 de mayo de 2007, saltaba la noticia de que un párroco que atendía a tres pueblos en la provincia de Málaga había sido suspendido “a divinis” por presentarse a las listas electorales para alcalde de uno de los pueblos. El sacerdote en cuestión se llamaba, o se llama, José Luís Torres Gutiérrez.
El 23 de este mismo mes y año, los medios de comunicación informaban de que el párroco de la Manjoya, en Asturias, Arturo García, anunciaba la fundación de un partido para las autonómicas del 22 de mayo, el partido se llama, o se llamará, Partido Democrático y Constitucional (PDYC), por cierto unas siglas muy parecidas a la marca de esa bebida segoviana. Naturalmente ha sido suspendido “a divinis”.
Señala la prensa, que “el Código de Derecho Canónico admite en “circunstancias excepcionales”, la participación de clérigos en partidos políticos o sindicatos. Según el canon 287.2, estas se darían cuando la autoridad eclesiástica lo considerara útil para la defensa de los derechos de la Iglesia o la promoción del bien común”. Al parecer en ninguno de los dos casos antes citados concurría esta circunstancia.
Esto de “a divinis” me ha intrigado algo y me he ido a buscar lo que significa, yo solo hablo castellano y valenciano, y eso sí, mucho por teléfono, y me he encontrado con que la suspensión “a divinis” comporta el que al clérigo suspendido le queda prohibido oficiar misa, confesar o impartir los sacramentos si decide meterse en política. A partir de la suspensión y hasta que se le levante el castigo, tendrá que colgar los hábitos. No sé si los que visten el “clerigman”, traje y camisa negra con el alzacuello blanco, o simplemente “de paisano”, es decir a los que no llevan sotana, se les obligará a ir en calzoncillos allá por donde circulen.
Y usted, querido lector, se preguntará: “Bueno, y a que viene todo esto”. Esto viene dado por el hecho de que el pasado día 24 el diario El Plural nos daba cuenta de que monseñor Rouco Varela, reclama el voto para el 22 de mayo para quien se oponga al aborto, al matrimonio homosexual y a la Educación para la Ciudadanía. De lo cual yo deduzco que pide el voto para el Partido Popular. Desde luego no para un partido de izquierdas. Yo respeto mucho la actitud de Rouco Varela y él debe respetar mi opinión de que puestas así de claras las cosas por el patrón de los obispos españoles, me refiero a Rouco Varela, el Gobierno debería retirar toda la ayuda económica a la Iglesia Católica y a sus centros educativos. Esto no debe sentar mal a nadie porque, según nuestra Constitución, España es un Estado aconfesional.
Yo creo que lo que debe hacer monseñor Rouco, es presentarse a unas elecciones acogiéndose al Código de Derecho Canónico y más concretamente al canon 287.2 ese que da permiso para que los clérigos participen en partidos políticos en “circunstancias excepcionales” cuando la autoridad eclesiástica lo considerara útil para la defensa de “los derechos de la Iglesia” o la promoción del bien común. Siendo así, esto no le reportaría a Rouco Varela ninguna suspensión “a divinis” y mucho menos el que se pudiera ver obligado a colgar los hábitos. Según oímos decir a Rouco, las “circunstancias excepcionales” ya se vienen dando desde hace mucho tiempo. Por cierto, y para romper un poco el hielo, esto de los hábitos me recuerda a aquellas dos niñas que se conocen en los primeros días de su asistencia al instituto y una de ellas le pregunta a la otra: ¿Y tus padres, a que se dedican? Pues, le responde, mi padre es médico y mi madre profesora. ¿Y los tuyos, que hacen? Le espeta a continuación. Mi padre es fraile y mi madre monja. ¡Ah! exclama sorprendida la otra muchacha al propio tiempo que seguidamente le pregunta: ¿Han colgado los hábitos? No, responde la otra, solamente se los han subido un poco. Perdón por si peco de irreverente pero es que cuando se trata de Rouco Varela no sé por qué me entra la vena chistosa. Pero eso sí: Seguiré siendo creyente no practicante a pesar de Rouco. ¡Vota a Rouco!