Sociopolítica

Criadas y señoras

Disonancias, 6.

Todavía calienta las pantallas de los cines, y se supone que también seguirá el mismo rumbo en las de los televisores, la película de Tate Taylor que lleva ese título. La novela de Kathryn Stockett que le ha dado argumento pretende alcanzar la categoría de ‘libro del año’, una iniciativa de la editorial que seguramente imitarán más de diez e incluso más de veinte, de la misma forma que al cabo de la temporada futbolística se celebran en los diversos campeonatos nacionales, continentales y mundiales un montón de ‘partidos del siglo’.

Dejando de lado estas magnitudes y las coincidencias de título y enfoque, la problemática actual de las criadas y las señoras está en pleno candelero, o candelabro, según versiones. La reciente disposición legislativa según la cual todas las empleadas del hogar han de estar inscritas en la seguridad social para recibir los beneficios correspondientes, ha movilizado a las señoras en relación con las criadas. Claro que ya no se denominan así, por ser fórmula anticuada, obsoleta y de tinte caciquil, aunque las mujeres aludidas –son mucho mayor en número que los hombres– sigan desempeñando las mismas funciones. Vivimos en un mundo de denominaciones fluidas, a veces eufemísticas, sin que varíen sustancialmente los contenidos y las tareas de lo que se menciona.

El caso es que las empleadas del hogar tienen los mismos derechos que el resto de los trabajadores por cuenta ajena; también las mismas obligaciones, que hasta ahora han cumplido a rajatabla y de manera inmisericorde porque de otro modo hubieran sido puestas ‘de patitas en la calle’, utilizando un término nada eufemístico pero altamente descriptivo.

Hasta aquí, muy bien. Lo que se plantea ahora es la situación de muchas mujeres –y sin duda también de algunos hombres– que teóricamente han funcionado como señoras cuando en la práctica han estado desempeñando tareas de criadas toda su vida. Los cambios sociales y económicos habidos en la segunda mitad del siglo XX han determinado el acceso mayoritario de la mujer a funciones laborales fuera de su hogar, lo cual ha significado un avance para el colectivo femenino. Ello ha propiciado mayores cuotas de igualdad entre las personas con independencia de su sexo, elemento básico para la convivencia social que viene avalado por la constitución de cualquier país civilizado. La salida de la mujer casada, o del ama de casa –alguna conexión etimológica existe entre ambos términos–, a realizar tareas por cuenta ajena fuera de su domicilio, ha propiciado que otras personas, normalmente mujeres, hayan tenido que desempeñar los trabajos domésticos. Su situación laboral tiende a normalizarse en nuestro país, pero entonces surge la cuestión: ¿qué ocurre con las señoras que al mismo tiempo son criadas?

Las amas de casa tradicionales han estado trabajando por cuenta ajena sin salir de su vivienda. Han atendido las mismas funciones que las actuales empleadas del hogar. Lo han hecho denodadamente, sin reparar en horarios ni en incomodidades. Han servido a sus maridos o parejas, a sus hijos en caso de haberlos, a sus padres en caso de acogerlos, a parientes en tránsito o descolocados… han estado realizando un trabajo muchas veces ingrato y poco reconocido sin tener la posibilidad de recibir alguna compensación en caso de enfermedad o accidente. Cuando la edad impone su ley y las tareas domésticas se van haciendo cada vez más duras hasta llegar a ser imposibles, estas señoras-criadas se tropiezan con un desamparo definitivo, al albur de lo que los maridos, o sus parejas –en algunas ocasiones los hijos o los parientes – puedan proporcionarles.

Si hemos asistido y aceptado el cambio social que ha facilitado a la mujer salir de su encierro doméstico para obtener ventajas laborales a la hora de la jubilación, convendría ir articulando un sistema de protección social y de pensiones para las señoras que han dedicado su vida al trabajo doméstico y que en ocasiones –considérese la cuantía de muchas pensiones de viudedad– alcanzan el final de sus días en condiciones miserables. La ley tiene una obligación con ellas, una asignatura pendiente que debe ser estudiada y aprobada cuanto antes.

Sobre el autor

Jordi Sierra Marquez

Comunicador y periodista 2.0 - Experto en #MarketingDigital y #MarcaPersonal / Licenciado en periodismo por la UCM y con un master en comunicación multimedia.