El 3 de marzo de 2011 la Asamblea General de las Naciones Unidas a través de la Resolución 65/196 proclamó que a partir de esa fecha, el 24 de marzo de todos los años se celebrarÃa el DÃa Internacional del Derecho a la Verdad.
La fecha fue escogida tal y como se recoge en la Resolución, en reconocimiento de “la importante y valiosa labor de Monseñor Óscar Arnulfo Romero, de El Salvador, quien se consagró activamente a la promoción y protección de los derechos humanos en su paÃs, labor que fue reconocida internacionalmente a través de sus mensajes, en los que denunció violaciones de los derechos humanos de las poblaciones más vulnerablesâ€.
Conforme al desarrollo que el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos ha tenido en las últimas décadas, la Verdad es un Derecho del que gozan las personas y las sociedades que han experimentado, ya sea en tiempos de paz o de guerra, la perpetración de crÃmenes de derecho internacional (genocidio, crÃmenes de guerra o crÃmenes de lesa humanidad), sean o no cometidos en contextos de ataques masivos o sistemáticos a la población civil.
En términos generales el Derecho a la verdad incluye la obligación estatal de garantizar individualmente (a las vÃctimas y familiares) información veraz respecto de que ha ocurrido. Esta verdad debe ser determinada judicialmente, aunque es invaluable el aporte que comisiones extrajudiciales de investigación han brindado en esa materia. La verdad implica también el derecho a duelo, el cual conlleva el saber dónde están los restos de las vÃctimas. Es importante destacar que la determinación de la verdad a través de sentencia judicial (nacional o internacional) también es una forma de reparación que sirve para detener el sufrimiento psÃquico de quienes en vano han intentado lograr que el Estado satisfaga su anhelo de saber que paso. Asimismo conviene recordar que la negación de verdad ha sido reconocida como una forma de tortura o trato cruel, inhumano o degradante que el Estado comete en perjuicio de los familiares de las vÃctimas. Además, la verdad es en sà misma una garantÃa de no repetición, pues permite a las sociedades tomar previsiones a fin de que hechos tan lamentables nunca más vuelvan a ocurrir.
Es en función de todas esas consideraciones que aprovecho la celebración del DÃa Internacional de la Verdad para recordar que en nuestro paÃs existen temas que pueden y deben ser atendidos conforme a los estándares internacionales desarrollados en materia de Derecho a la Verdad. Nos referimos a las acciones que puede y debe tomar el Estado a favor de las vÃctimas de crÃmenes de derecho internacional cometidos durante la dictadura militar y la invasión a Panamá.
El conocimiento y reconocimiento público de la gravedad de los hechos cometidos en perjuicio de las vÃctimas de la dictadura y la invasión, provocadores de un injustificable sufrimiento a panameños y extranjeros en el territorio nacional, es parte integral del proceso de consolidación de nuestra democracia inacabada.
Nuestra democracia tiene deudas pendientes que deben ser subsanadas si pretende conservar su legitimidad. Solo asà podrá honrar su razón de ser que no es otra que la de  conducirnos a todas y todos por sendas en donde aguarde la felicidad.
Siendo asÃ, debe concluirse que mientras la clase polÃtica y la sociedad civil no unan esfuerzos a fin de desarrollar polÃticas públicas tendientes a garantizar la felicidad de las vÃctimas de la dictadura y la invasión a través del rescate de la verdad, la justicia, la reparación suficiente y las garantÃas de no repetición, difÃcilmente nuestra sociedad podrá seguir reclamándose como democrática.
Ojalá asà no sea.