Sociopolítica

El Caso Noriega: Contexto Legal e Internacional

 

General Manuel Antonio Noriega

 

Dr. Belisario Rodríguez Garibaldo

Abogado, Sociólogo, Periodista, Analista Político, Profesor y Escritor

Miembro del Partido Revolucionario Democrático – PRD (Panamá)

E-mail: [email protected]

Web: http://www.pa/secciones/escritores/rodriguez_belisario.html

 

CONTEXTO LEGAL

Como abogado, periodista, cientista social y profesor, no tiendo a especular sobre el caso Noriega, como hacen otros colegas, intento informarme, sobre todo porque como abogado conozco algo de la legislación norteamericana, por lo cual se puede predecir el resultado judicial. El sistema judicial norteamericano (anglosajón) a diferencia del nuestro (tradición hispánico-romana), es un sistema legal que se basa en el caso particular (casuística), va del detalle del caso a la ley (de lo particular a lo general), mientras el latino presupone una ley general para un caso (de lo general a lo particular). Además el sistema legal (y penal) norteamericano es nacionalista con mucha tradicional moralista-religiosa, por lo cual no reconocen con facilidad al derecho internacional, por lo cual los tratados internacionales sólo tienen validez si USA los ha firmado, si un juez lo reconoce, o si no es contrario a otra ley federal norteamericana. En esto el precedente judicial (fallo de jueces) y precedente legal (otras leyes federales), tienen primacía en el sistema legal norteamericano, mas que el derecho internacional.

El General Manuel A. Noriega fue condenado en un juzgado de Florida por narcotráfico a 40 años de cárcel, pero el juez le reconoció el estatus de prisionero de guerra (reconocido en la convención de Ginebra) para que se le respetara preferentes condiciones carcelarias; dicha condena fue rebajada a 30 años por sentencia del juez, y años después el juez le fallo una libertad condicional (parole) por buena conducta a 20 años, por lo cual debió salir a mediados del 2008. La solicitud de extradición de Francia (donde fue condenado por un proceso aduanero con lavado de dinero) y la solicitud de extradición de Panamá (donde fue condenado por la muerte de H. Spadafora, mas las muertes de M. Guiroldi y compañía), dio lugar a que permanezca detenido hasta la decisión del juez.

El juez no admitió al recurso de hábeas corpus para ponerlo en inmediata libertad y no reconoció la convención de Ginebra que establece que al ser liberado un prisionero de guerra debe ser repatriado a su país de origen, por lo cual la defensa de Noriega deberá recurrir la extradición francesa o libertad a la Suprema Corte (máxima autoridad judicial), cuya decisión esta vinculada a la decisión de la Secretaria de Estado (máxima autoridad en asuntos internacionales), quienes tendrán así a la ultima decisión sobre su extradición o libertad (aun sin determinar que tanto reconocerán a los tratado internacionales de extradición en este caso); se supone que Panamá debiera tener preferencia por presentar su solicitud primero que Francia, sin embargo USA sólo acepta el derecho internacional a medias, si no es contrario a sus leyes federales, por lo cual es una decisión personal de Secretaria de Estado, que vinculara como obligante al fallo de la Suprema Corte. Este año se decide, es cuestión de unos meses.

En Francia le espera una larga condena de cárcel por un proceso aduanero (además se le incauto su apartamento en Paris y una cuenta bancaria por lavado de dinero), en inciertas condiciones carcelarias (sin determinar si Francia le reconocerá el estatus carcelario de prisionero de guerra), donde su defensa legal en Francia ha solicitado se le reconozca el mismo estatus basado en la convención de Ginebra y el tiempo que ha pasado ahora detenido provisionalmente en USA, e intentan pedir una revisión de la condena ó prescripción de la misma. En Panamá le espera una condena de 20 años de cárcel, pero su defensa legal panameña (Dr. Julio Berrios) ha solicitado una revisión de la condena (o una prescripción de la misma), una medida cautelar de casa por cárcel por ser mayor de 75 años (como establece el Código Judicial) e incluso se especula de un indulto presidencial en algún probable gobierno del PRD, además también a recurrido la orden de incautación de bienes de la Contraloría (DRP) sobre la casa de la familia Noriega (adquirida desde los años 50, cuando apenas era un Teniente, por préstamo hipotecario con descuento de la Caja del Seguro Social) y sobre su salario de jubilación-pensión de servidor publico (que es un derecho adquirido). Sus cuentas bancarias en Panamá y Francia fueron también incautadas por lavado de dinero, solo se ha respetado las cuentas bancarias y propiedades personales de su esposa e hijas, la esposa Felicidad Sieiro de Noriega, hija Tahys Noriega que es actual funcionaria de enlace de las Naciones Unidas en la cancillería de Panamá, e hija Sandra Noriega que fue agregada de la embajada panameña en Republica Dominicana, que estuvo casada con el hijo de un militar de alto rango dominicano y es actual candidata al Parlamento Centroamericano por el PRD.

CONTEXTO INTERNACIONAL

USA no tenia en aquel entonces una justificación de derecho internacional para invadir a Panamá, pues Panamá no era una amenaza política, militar o económica para USA, tampoco Panamá había violado importantes leyes internacionales, ni tampoco podemos nunca saber la verdad sobre los cargos judiciales de narcotráfico, los detalles jurídicos y políticos del juicio, ó sobre las pruebas y testigos incriminatorios contra al General Noriega, en el contexto de un sistema judicial tan poco imparcial (y muchas veces injusto y discriminador) como el de USA, codirigido por el poder político de USA. Las razones fundamentales reales de la invasión norteamericana formaba parte de una estrategia geopolítica y económica de reconfiguración y consolidación del dominio Norteamericano sobre América Latina en la posguerra fría y en la globalización mundial, tal como se desprende de los Documentos del Comité de Santa Fe II (USA).

Un ejercicio de análisis inapreciable ha sido realizado por el politólogo panameño radicado en México, Giancarlo Soler Torrijos (hijo del filosofo Ricaurte Soler y sobrino materno del General Omar Torrijos), en su obra “La Invasión de Panamá: Estrategia Geopolítica de Estados Unidos en el Nuevo Orden Mundial” y su reciente obra “Panamá a la Sombra de los Estados Unidos”. En todo caso es de necesaria justicia a la memoria histórica que en el futuro el 20 de diciembre de 1989 sea declarado como duelo nacional al igual que ocurre con el 9 de enero de 1964, pero sobre todo es necesario por justicia humana y memoria histórica que un gobierno apruebe a la creación de una Comisión de la Verdad II, que investigue y recabe a los listados de muertos y desaparecidos, recabe testimonios de familiares, además de ser necesario exhume para registro y debida sepultura a algunas fosa comunes de miles de muertos panameños durante la invasión norteamericana a Panamá, y de ser viable se adicione una debida demanda nacional de indemnización al gobierno norteamericano para resarcir a las victimas, pero sabemos a lo cual seria una misión imposible.

La realidad es que USA invadió a Panamá como parte de una estrategia de reconfiguración de su dominio en América Latina en la posguerra fría, pues así imponían un modelo político afín en Panamá (en una posición nacional estratégica-económica regional), a la vez que mandaban un mensaje a Nicaragua que le esperaba un camino parecido si los sandinistas seguían en el poder, también apoyan los acuerdo de paz en Centroamérica (Guatemala y El Salvador), a la aperturas democráticas en Sudamérica y México, pero promoviendo al modelo de la Iniciativa de Libre Comercio de las Américas (ALCA) que era de un corte mas interamericano, en la medida que es encabezado por USA e incluye Canadá, mucho de ese modelo de integración seguía el marco político económico neoliberal del Consenso de Washington, que en cierta medida les garantizaba a USA una reconfiguración de su liderazgo económico-político regional en la posguerra fría en el contexto del Nuevo Orden Mundial, para expandir su mercado económico norteamericano hacia nuestros mercados emergentes, aun hoy ese es el modelo que promueve con sus TLC.

Sin embargo actualmente observamos que USA a ido perdiendo parte de su liderazgo mundial en un actual orden mundial que es cada día mas multipolar con potencias emergentes (China, Europa, Japón, Canadá, Australia, India, Sudáfrica, Sudamérica, Liga Árabe, Sudeste-Asiático), por lo que el modelo de neoliberalismo regional del Consenso de Washington a fracasado en muchos de nuestros países latinoamericanos, conllevando pobreza, crisis estructurales, problemas ambientales y socio-económicos en la región latinoamericana, conllevando a los actuales triunfos electorales de las izquierdas y centro-izquierdas, además de la actual crisis económica y financiera de USA aunado a sus claras derrotas militares en sus guerras anti terroristas con reales fines de control petrolero en Medio Oriente.

Todo parece indicar que América Latina sigue a su propio modelo de integración latinoamericana con una aplicación posible en las ultimas discusiones de la Cumbre de Río de Janeiro hacia la reforma de los marcos actuales de integración (SICA, CARICOM, MERCOSUR, Grupo Andino, Unión Sudamericana, ALBA, Grupo de Río de Janeiro) que termine generando los marcos de cooperación hacia una posible Comunidad Económica Latinoamericana, que tal vez pueda dar paso posterior a una Unión Latinoamericana, situándose unida en un nuevo espacio emergente de posición de decisión entre la comunidad internacional en el actual mundo multipolar del siglo XXI. En este momento Brasil ocupa un liderazgo regional integrador de Latinoamérica, también son de importancia el liderazgo de Venezuela y de México. América Latina camina hacia su propio espacio conjunto en la comunidad internacional.

Sobre el autor

Jordi Sierra Marquez

Comunicador y periodista 2.0 - Experto en #MarketingDigital y #MarcaPersonal / Licenciado en periodismo por la UCM y con un master en comunicación multimedia.